Misiones, Saturday 11 de March de 2017

(Por Fernando Santacruz) Mucho se ha escrito en el país y en nuestra provincia sobre los efectos negativos que la Ley de Lemas tiene sobre la democracia representativa: el más claro, es el efecto distorsionador sobre la voluntad del elector que termina siendo modificada. ¿Cómo se modifica nuestro voto? Al permitir que mi voto al sub lema A se sume a los votos de los sub lemas B, C y D del mismo lema, estoy aceptando que si el sub lema D es el más votado entre las cuatro opciones mencionadas, mi voto termina siendo para D y no para A como en realidad había elegido. Que el ciudadano quiera votar simultáneamente al lema y al sublema es una ficción insostenible a la luz de la experiencia y del sentido común, como nos prueban por ejemplo, los resultados de las elecciones a gobernador de la provincia de Buenos Aires en 2015: si hubiese existido Ley de Lemas, el candidato Aníbal Fernández sería hoy el gobernador, porque la suma de sus votos con los de Julián Domínguez (el otro candidato a quien venció en las PASO), le hubieran permitido superar a María Eugenia Vidal. Ello no ocurrió porque la voluntad de quien elige a un candidato no puede “transferirse” automáticamente a otro candidato, y por ese motivo, hubieron miles de ciudadanos que después de haber votado a Julián Domínguez en las PASO, prefirieron elegir a María Eugenia Vidal en la general, porque jamás hubiesen estado de acuerdo en votar a Aníbal Fernández.

Lo descrito anteriormente nos lleva al primer y principal efecto negativo de la ley de lemasque resulte electo en el cargo, un candidato que recibió menos votos que otro. En nuestra provincia, muchos son los casos de candidatos que llegaron a la intendencia de su municipio obteniendo menos votos que sus competidores de otros lemas, porque que terminaron “triunfando” por pluralidad de sufragios (mayoría simple), gracias a la transferencia y sumatoria de los votos de otros sub lemas.

Ahora bien, en el marco del Día Internacional de la Mujer, parece oportuno reflexionar sobre el otro efecto negativo que esta la Ley de Lemas está teniendo en nuestra democracia: la falta de representación femenina en los Concejos Deliberantes de los Municipios de la Provincia de Misiones, que provoca que las mujeres ni siquiera lleguen al mínimo del tercio del total de los concejales. Miremos los principales municipios en términos electorales para comprobar esta realidad; Posadas, de 14 concejales 1 es mujer; Oberá, de 9 concejales  2 son mujeres; Aristóbulo del Valle, Puerto Iguazú y Montecarlo, de 7 concejales 1 es mujer; Apóstoles, de 5 concejales 1 es mujer; Eldorado, San Pedro, Puerto Rico Jardín América, Garupá, El Soberbio y Leandro N. Além, llegan “raspando” al “tercio” ya que de 7 concejales 2 son mujeres; mientras que San Vicente aparece como la excepción y acá el efecto negativo no se produce, ya que de 7 concejales 3 son mujeres.

¿Porque la Ley de Lemas produce este segundo efecto negativo perjudicando a la representación femenina? La norma nacional y provincial que obliga a contar con el tercio femenino en la conformación de las listas legislativas, no obliga al tercio para la conformación final de los cuerpos legislativos. Este fenómeno también se produce con el sistema proporcional d´hondt, pero se agudiza y profundiza con un sistema, como la ley de lemas, que tiende a presentar una desmesurada dispersión de candidatos (oferta electoral atomizada). Si como es de costumbre que la mayoría de las listas son encabezadas por varones, al multiplicarse la cantidad de sub lemas se ha llegado al absurdo en varios casos, de que el 100% de los concejales electos terminaron siendo varones.

Los efectos adversos de la ley de lemas también llegan a la cuestión de género, y en pos de la igualdad y la equidad que buscamos como sociedad, tenemos otro gran argumento para derogarla y buscar una alternativa más transparente y que a su vez proteja la representación de la mujer, como es el sistema de las Primarias, Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO), que tenderá a reducir  la desmesurada dispersión electoral y a garantizar con mejores probabilidades la representación del tercio femenino (y en un futuro de la paridad de género), en los cuerpos deliberativos de la Provincia de Misiones.

 

Fernando Santacruz

Licenciado en Relaciones Internacionales (UNR)