La Municipalidad de Corrientes, a través de la Secretaría de Planeamiento Urbano, informa que se encuentran en plena vigencia las actualizaciones normativas al Código de Edificación, que fueran aprobadas con fuerza de ordenanzas por el Concejo Deliberante capitalino.
Las mismas fueron elaboradas por la Secretaría de Planeamiento Urbano, que entendió la necesidad de actualizar la normativa a los tiempos actuales, dado que el Código de Edificación Municipal data del año 1986.
Entre las actualizaciones realizadas se encuentran las normas en materia de prevención de incendios y seguridad de obras, al tiempo que se decidió crear el Registro de Profesionales, el Registro de Constructores y el Registro de Instaladores y Operadores de Gas en el ámbito de la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes.
PREVENCIÓN CONTRA INCENDIOS
Para la elaboración deL proyecto normativo se estudiaron los reglamentos de otras ciudades referidos al tema, como los que rigen en Buenos Aires, Rosario y Resistencia, además de las normas IRAM y el Decreto reglamentario 351/79 en su capítulo 18 “Prevención contra Incendios”.
Entre otras cosas, se integró el articulado referido a “Escaleras”, dentro de la sección de “Medios de Salida”, determinando el ancho de las mismas en función de la cantidad de ocupantes.
También se establecieron las características que deben tener las cajas de escaleras (puertas, sentido de la apertura, resistencia al fuego de muros, señalización, iluminación, acceso, etc.), determinando requerimientos diferenciales en función de la altura de la edificación (conformación de la caja de escalera, presurización, antecámara, o ambos).
A partir de ahora será ponderable la resistencia al fuego de los materiales constructivos. En el caso de los extintores, se determinarán por las clases de fuego; además de observarse la correspondiente señalización; normalización, distribución y selección de los mismos.
Otro capítulo tiene que ver con las condiciones de protección. Las condiciones de situación constituyen requerimientos específicos de emplazamiento y acceso a los edificios, conforme a las características del riesgo de los mismos; condiciones de construcción, que se relacionan con las características del riesgo de los sectores de incendio; y condiciones de extinción, que constituyen el conjunto de exigencias destinadas a suministrar los medios que faciliten la extinción de un incendio en sus distintas etapas.
Se incorporan requisitos particulares para depósitos de inflamables; y requisitos generales del sistema de control de humos: presurización; sistema de evacuación, humos y gases.
Las autoridades de aplicación son ahora la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes en coordinación con la Unidad Especial de Bomberos (UEB) de la Policía de la Provincia de Corrientes, de manera conjunta, a efectos de compatibilizar criterios de interpretación y actuación técnico-administrativa.
Las modificaciones contempladas en materia de Prevención de Incendios fueron aprobadas por Ordenanza Nº6405.
SEGURIDAD DE OBRAS
Se incorpora a la sección sobre seguridad en las obras, requerimientos de protección a la vía pública y a fincas linderas que no estaban previstos anteriormente, e incorpora requerimientos de protección a las personas.
A la vez incorpora el requerimiento de la documentación que acredite el cumplimiento de lo que establecen las legislaciones sobre Higiene y Seguridad en la construcción y sobre Riesgos de Trabajo, aprobadas por Ordenanza Nº6404.
SEGURIDAD DE GAS-REGISTRO DE INSTALADORES Y OPERADORES
Dentro de la innovaciones, se resolvió que la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes se adhiera a la normativa establecida por la Secretaría de Energía de la Nación y el Ente Nacional de Regulación del Gas (ENARGAS), en cuanto a regulaciones respecto a toda actividad vinculada al uso del gas.
A raíz de esto, se crea el Registro de Instaladores y Operadores de Gas de la Municipalidad de Corrientes, y se determina que el área de control de las instalaciones de gas será el departamento de visado de gas, dependiente de la Dirección de Obras Particulares.
La Ordenanza que modifica y actualiza este ítem lleva el Nº6311.
REGISTRO DE PROFESIONALES-REGISTRO DE CONSTRUCTORES
El “Constructor” era figura que reconocía el viejo Código de Edificación pero no estaba encuadrado en alguna normativa. Desde siempre se obvió esta omisión obligando a los profesionales de la construcción, arquitectos, ingenieros y técnicos a firmar las carpetas de edificación como constructores, sin que esta sea la tarea por la que ha sido contratado, haciéndolos responsables de compromisos que no estaban a su alcance.
En el proceso de actualización del Código de Edificación, se tiende a dilucidar los roles de los distintos actores intervinientes en el proceso de construcción, lo que permitirá un discernimiento acorde a las responsabilidades reales que cada uno de ellos conlleva.
La actualización definió estos roles y las responsabilidades pertinentes a cada uno de ellos y su participación en las instancias de tramitaciones para permiso de Edificación/Demolición.
Se incorporó y definió las siguientes figuras, determinando las responsabilidades inherentes a cada uno de los mismos y su participación en el proceso constructivo: Promotor; Propietarios y Usuarios; Proyectista; Calculista; Director de Obra; Constructor; Representante Técnico; Representante de Higiene y Seguridad en la Obra.
Al mismo tiempo se decidió crear el Registro de Profesionales y el Registro de Constructores de la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, en el que deberán inscribirse para actuar como tales.
También se modificó el formato del cartel de obra, con la incorporación al mismo de la información referida a indicadores urbanos: Factor de Ocupación Total (FOT); Factor de Ocupación del Suelo (FOS), altura máxima, etc.
Estas modificaciones fueron aprobadas por Ordenanza Nº 6398 del Concejo Deliberante capitalino.