La suma, que incluye daños físicos, morales y punitivos, podría superar ampliamente los 30 millones de pesos actualizados, debido a que el hecho ocurrió en 2022.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial condenó a la empresa de medicina prepaga Sancor Salud a indemnizar a un afiliado con más de 7 millones de pesos —más intereses— tras determinar que su accionar negligente provocó un daño irreversible en la salud del paciente. La suma, que incluye daños físicos, morales y punitivos, podría superar ampliamente los 30 millones de pesos actualizados, debido a que el hecho ocurrió en 2022.
Según el fallo, los jueces consideraron probado que Sancor Salud demoró injustificadamente la autorización de estudios y luego se negó a cubrir una cirugía de alta complejidad, lo que derivó en la pérdida del 18,69% de la visión del ojo izquierdo del paciente.
El episodio comenzó el 31 de julio de 2022, cuando el afiliado acudió a la guardia del Hospital Oftalmológico Pedro Lagleyze tras notar una alteración en su visión. Allí le indicaron realizarse una ecografía ocular. Sin embargo, en el Centro de Ojos de Buenos Aires (COBA) le informaron que ya había utilizado su única consulta anual cubierta por la prepaga y le negaron la atención. La autorización llegó recién un mes después.
El diagnóstico fue contundente: desprendimiento de retina que requería una “vitrectomía compleja” de manera urgente. Pero Sancor Salud negó la cobertura del procedimiento, por lo que el paciente debió costear la intervención de su bolsillo y fue operado el 5 de septiembre. Recién dos días después, la empresa emitió una autorización, aunque solo para una vitrectomía ordinaria.
Pese a sus reclamos por el reintegro de los gastos y la atención médica adecuada, la prepaga se negó a asumir responsabilidades, argumentando que el procedimiento no estaba incluido en el Programa Médico Obligatorio (PMO). También alegó que no estaba demostrado el nexo entre la demora y el daño visual. La Cámara rechazó esa postura, basándose en pericias y testimonios médicos que confirmaron que la intervención temprana podría haber evitado la pérdida parcial de visión.
En su fallo, los jueces afirmaron que “el derecho a la salud y a la vida debe primar por sobre cualquier interpretación contractual”, y subrayaron que Sancor Salud ni siquiera presentó el contrato para justificar sus dichos. La jueza Alejandra Tévez, junto a sus colegas Matilde Ballerini y Eduardo Machin, destacó la gravedad del accionar de la prepaga: “La demandada actuó de manera consciente y deliberada al incumplir con una obligación que se hallaba a su cargo, alegando falsas e injustificadas razones”.
La sentencia incluye la devolución de $945.000 por gastos médicos, $2.100.000 por daño físico, $1.500.000 por daño moral y $2.500.000 en concepto de daño punitivo. Todos los montos están sujetos a intereses, lo que hará escalar significativamente la cifra total a abonar.
El fallo marca un fuerte antecedente en materia de responsabilidad de las empresas de medicina prepaga y refuerza la protección judicial del derecho a la salud en casos de negligencia administrativa.
PS
Fuente: Clarin